El reparto de la
recaudación que efectúa la SGAE se realiza de acuerdo con un criterio según el
cual cada autor participa en proporción a lo que su obra haya sido explotada y,
por tanto, a los ingresos que haya generado.
Para determinar lo que corresponde a cada titular, la SGAE se
dota de herramientas que permiten asignar a los socios las cantidades que les
pertenecen, procesando los programas y la documentación de los usuarios para
identificar, una por una, las obras utilizadas.
Cerca de un 80% de los derechos se perciben a través de
programas y son repartidos directamente a los socios que correspondan. Así
ocurre con los derechos generados por la televisión, el cine, los espectáculos
y conciertos, la venta de discos, RNE, etcétera.
Un 15% se asigna mediante sondeos
efectuados por una empresa externa especializada entre los centenares de
emisoras de radio, discotecas, disco-bares y lugares análogos. Esta es la
manera más efectiva de determinar el uso de las obras en locales de esta
naturaleza.
El 5% restante se reparte por analogía con alguno de los
procedimientos anteriores.
Los derechos de las obras
musicales y audiovisuales se liquidan a los socios cada tres o seis meses,
según el tipo de explotación. Aquellos derivados de las obras de artes escénicas,
cada mes.