No. Dicho cachet viene a representar el precio que el grupo musical actuante tiene establecido y de hecho percibe por su actuación como intérprete. Los derechos de autor pertenecen al autor con independencia de que éste pueda tener la condición de intérprete o no. Es decir, existen casos en que el intérprete es además el autor, pero otras muchas en que no. Por consiguiente, no debe confundirse el derecho de autor stricto sensu con los derechos conexos, vecinos o contiguos, que son los que corresponden a los intérpretes, siendo ambos independientes, compatibles y acumulables. Además el derecho de autor casi siempre será gestionado por una entidad gestión, en España la SGAE, que recaudará los derechos correspondientes a la explotación de las de obras, al margen por tanto del cachet que el grupo establezca por su actuación musical.