Registra tus obras Para poder abonarte los derechos que te corresponden por la utilización de tus obras musicales (composiciones musicales con o sin letra, chistes, sketches, poesía escenificada, canciones creadas expresamente para obras audiovisuales, etc.) es esencial que las tengas registradas en nuestra Sociedad.
Si nunca has registrado una obra en SGAE
Si estás haciéndote socio de SGAE debes registrar tus obras cumplimentando el impreso de declaración de registro correspondiente que a continuación te presentamos:
Si no puedes aportar partituras, ponemos a tu disposición un servicio de transcripción de tus obras musicales a partituras. Solicita la información.
RECUERDA:
Antes de cumplimentar la Declaración de Registro de Obra lee atentamente la Guía que te facilitamos. En todos los registros de obra deberán figurar:
- La/s firma/s de todos los autores de la obra.
- La fecha y lugar del registro.
- El nombre y domicilio de la persona que presenta el registro.
- En el caso de obras con música y letra, por defecto y salvo pacto en contrario, nuestra entidad aplica el 50% para la parte musical y el 50% para la parte literaria.
* Toda esta documentación has de entregarla en la Sede Territorial SGAE que tengas más cercana o, si lo prefieres, enviarla por correo postal a
Documentación Obras: C/ Fernando VI, 4 - 28004 Madrid.
Si ya eres socio SGAE puedes registrar tus obras on-line, a través del apartado "Registra tus obras" de nuestra Zona privada: 'socios enlínea', o cumplimentando el impreso de declaración de registro cuyas indicaciones encontrarás en el apartado anterior.
Información para arreglistas/adaptadores
Si eres arreglista/adaptador musical, vas a realizar una composición musical sobre un texto preexistente de otro autor, o quieres registrar una obra literaria tipo sketch, monólogo, chiste escenificado…, o un tema incorporado a un anuncio publicitario, compones música electrónica, etc., no dejes de consultar el apartado de nuestra web "Casos particulares Obra Musical".
Procedimiento de registro de arreglos de obras en dominio público
Desde junio de 2020 funciona un nuevo procedimiento de registro de arreglos de obras en dominio público que ofrece un mayor control y rigor en el registro de este tipo de obras para garantizar el trabajo que realizan los autores sinfónicos. Puedes consultarlo en "Casos particulares Obra Musical".
Modificación de obra registrada
Para modificar una obra registrada previamente, todos los titulares que figuran en el registro actual deben cumplimentar y firmar el impreso de solicitud de modificación de registro de obra y registrar el nuevo reparto de derechos:
Y no olvides que siempre puedes dirigirte al apartado de nuestra web "SGAE responde" si te surge cualquier duda o consulta.
Es fundamental que mantengas actualizado tu repertorio de obras registradas.
Puedes consultar la relación de tus obras musicales ya registradas pinchando aquí.