Si utilizas obras protegidas para la organización de este tipo de actividades, necesitas obtener la autorización de los titulares de derechos de autor correspondientes. Somos conscientes de que es imposible conseguir uno por uno el permiso de todos los autores, pero no te preocupes, para poder utilizar cualquier obra musical o audiovisual que forme parte del repertorio de SGAE, ya sea nacional o extranjera, con nuestra licencia podrás disfrutar de dicho repertorio.
MÚSICA: Por cada una de las atracciones feriales y feria...19,6 € / tarifa por mes o fracción
Por cuestiones de espacio, los datos mostrados en el presente cuadro, son un extracto o resumen del epígrafe tarifario correspondiente, para conocer su tarifa completa y todos los detalles sobre su aplicación, acceda a través del siguiente enlace
Utilización de las obras del repertorio SGAE, con carácter secundario, por cualquier procedimiento o medio (radio, tv, cd, internet, gramola-hucha, juke box, actuaciones en vivo o en directo...).
Utilización del repertorio audiovisual, a través de cualquier medio (tv, internet, laser disc, dvd, video...)
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Las cantidades recaudadas en base a las tarifas publicadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y en la propia web de SGAE, tienen como destinatarios los autores de las obras musicales y audiovisuales (socios españoles o de otras Entidades extranjeras), dicho reparto se produce en función de las obras utilizadas y de su modalidad de utilización, gracias a sistemas estadísticos o sondeos cuyo método se encuentra recogido en el reglamento de la Entidad de Gestión y conocido por el propio Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
La compra de CD’s originales o el acceso y adquisición de música a través de internet, le otorga el derecho a utilizarla en un ámbito privado, cuando estos soportes o canales son utilizados para ambientar un establecimiento público, necesita para poder hacerlo de forma lícita, el contrato con las Entidades de Gestión porque se produce el derecho de Comunicación Pública.
SGAE tiene la misión de gestionar los derechos de sus asociados en cualquier comunicación pública. Es decir, “todo acto por el que una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas”.